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En Bogotá, sin propuesta para el deporte, voto en blanco, #NoBoteElVoto

 


El próximo 29 de julio se cierra la inscripción de candidatos oficiales para el cargo de Alcalde Mayor de Bogotá, y hay nombres que suenan con fuerza: Carlos Carrillo, Juan Daniel Oviedo, Mafe Rojas, Lucía Bastidas, Rodrigo Lara, Diego Molano, Carlos Fernando Galán, Carlos Amaya, Guillermo Alfonso Jaramillo, Juan Carlos Flórez, y Gustavo Bolívar.  Mí llamado a los padres del deporte es a unir nuestras familias y si no hay propuestas para el deporte al interior del programa de gobierno inscrito que solucionen los problemas que se tienen votemos en blanco. Olvidemos que el candidato sea de x o y partido político, que sea inscrito por un grupo significativo de ciudadanos (firmas), o sea el que diga la Alcaldesa, Álvaro Uribe Vélez, Gustavo Petro, María del Rosario Guerra, o cualquiera de los dueños del poder.  Quienes hemos vivido y levantado nuestras familias en Bogotá sabemos que llegue quien llegue a ser Alcalde de Bogotá, si no actuamos nada cambiará en bien del deporte.

¡Acá mi propuesta y mi opinión!    


FAVOR LEER Y COMPARTIR


Mi propuesta  a las familias del deporte en Bogotá es unirnos y ganemos voz con el voto eligiendo  el 29 de octubre de 2023 para Alcalde Mayor de Bogotá al candidato que nos presente la mejor propuesta para el deporte y se comprometa a ejecutarla.  En caso contrario mi llamado es a que votemos en blanco; votar en blanco en estas elecciones en Bogotá  tendrá una incidencia mayor que en otras elecciones.

Me explico, para estas elecciones se modificó el artículo 323 de la Constitución Política de Colombia y en el caso que un candidato no obtenga al menos el 40 % de los votos (válidos) y que simultáneamente la diferencia con el segundo candidato más votado sea de 10 puntos porcentuales o más, habrá segunda vuelta, la cual se realizaría dos semanas después de la primera vuelta, con la participación de los dos candidatos más votados.

La Constitución colombiana empoderó al ciudadano y le dio derechos fundamentales, así las cosas, en su artículo 259 obliga a los gobernantes a cumplir sus promesas electorales.

Artículo 259. Quienes elijan gobernadores y alcaldes, imponen por mandato al elegido el programa que presentó al inscribirse como candidato. La ley reglamentará el ejercicio del voto programático.

Si el candidato se inscribió con un  programa de gobierno que incluye específicamente propuestas para el deporte y nosotros votamos por él debe cumplirlo. En caso de no cumplir tenemos a la mano los artículos 40 y 103 de la Constitución Política, la revocatoria del mandato por el incumplimiento del programa de gobierno, como mecanismo de participación popular.

Ahora, si ninguno de los candidatos les importa el deporte votemos en blanco  como “una expresión política de disentimiento, abstención o inconformidad, con efectos políticos”, con lo cual teniendo en el voto en blanco efecto legal porque se cuenta entre los votos válidos afectamos los resultados de la votación e incidimos en el 40% y el 10% requeridos para ganar en primera vuelta,  y en segunda nos tienen que dar voz si o si por el voto.   

¡Unámonos!

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