Parte 2: Licenciada Astrid Rodríguez, Ministra del Deporte, hay personas que se sienten perseguidas en la natación colombiana
Parte 2: "Me siento perseguida por la Federación Colombiana de Natación", Señora Rosmery Pizarro Presidenta de la Liga de Natación del Atlántico
En documento de la Federación Colombiana de
Natación, FECNA, a la Liga de natación del Atlántico, LINAT, fechado el 22 de agosto de 2023, y
firmado por el señor Jorge Enrique Soto Roldán Presidente del Comité Ejecutivo
de la Federación - Comité Ejecutivo que integran además del PRESIDENTE, el
VICEPRESIDENTE Juan Carlos Montoya López,
SECRETARIO Gerardo Arturo Aguilar Saavedra, TESORERO Rafael Daniel Páez Bastidas y VOCAL Emilia Antonia Moran Teteye -
le notifican a LINAT su decisión de revocar el aval para que la Liga realice el
VII Campeonato Puerta de Oro, y aducen tres razones las cuales los llevan
a “inferencias
razonables de la existencia de un aparente escenario de inseguridad jurídica
que superan la presunción racional de buena fe”. En este artículo me voy a referir
a la primera razón.
¡La parte 2 de una historia de
dirigentes de la natación colombiana y mi opinión!
L
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a revocatoria de aval a la Liga de
Natación del Atlántico para realizar el “VII Campeonato Puerta de Oro”, evento
insignia de la natación atlanticense, la apoya el Comité Ejecutivo de la FECNA
en tres razones; en este artículo haré el análisis de la primera razón. Escribe
la FECNA:
… la renuncia de algunos miembros vitales del
Comité Ejecutivo de la Liga de Natación del Atlántico, siendo estos el
Vicepresidente y el Tesorero…. Hoy fungen solo tres (3) [Dignatarios] en
funciones…
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1: Licenciada Astrid Rodríguez, Ministra del Deporte, hay personas que se
sienten perseguidas en la natación colombiana
Si para el Comité Ejecutivo de la Federación el miembro del Comité Ejecutivo que ocupa el cargo de Vicepresidente, en un organismo del Sistema Nacional del Deporte, es un “MIEMBRO VITAL”, ¿por qué la Federación dejó renunciar al señor William de Jesús Moncada Ospina, quien había sido designado por el Comité para el cargo de Vicepresidente y elegido miembro por la Asamblea para el periodo estatutario 2021 a 2025? ¿Por qué lo pudieron reemplazar si era un “miembro vital”? Es importante resaltar que lo reemplazable no es vital.
El decreto 1085 de 1995, “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Deporte”, en su Artículo 2.3.3.2, en el punto “Renuncia y reemplazo” dice:
Cuando
un miembro del Órgano de Administración renuncie … los demás miembros
designarán su reemplazo, quien terminará el período respectivo.
En el caso de la
FECNA como en los demás Organismos Deportivos del Sistema Nacional del Deporte no
hay “miembros vitales”; ante la renuncia del Vicepresidente FECNA, señor
Moncada, aplicaron la legislación deportiva: se reunieron los miembros activos y utilizaron
la rotación de cargos designando al Vocal como nuevo Vicepresidente, y para el
cargo de Vocal nombraron un nuevo miembro.
En este caso
fue el Vicepresidente quien renunció, pero si el que renuncia hubiese sido el Presidente
de la Federación, señor Jorge Soto, sin ningún problema los demás miembros activos
se reúnen y nombran o designan su reemplazo. Lo que quiere decir, que ni el
miembro que ocupa el cargo de Presidente en un organismo del Sistema nacional
del Deporte es un “MIEMBRO VITAL”.
Ahora, en cuanto al número de miembros en el Órgano de Administración, la Ley 1228 de 1995 en su artículo 21 determina que el Órgano de Administración de los organismos deportivos debe ser colegiado y de mínimo tres miembros incluido el presidente quien será el representante legal; en el caso de la natación se ha determinado en los estatutos de los organismos deportivos, la existencia de cinco cargos, con lo cual deben ser elegidos cinco miembros.
El decreto 1085 de 1995 en
el parágrafo único del Artículo 2.3.3.2, en lo que tiene que ver con la
Funcionalidad Administrativa del organismo deportivo dice:
Cuando por renuncias … los Órganos de Administración queden con menos
de tres (3) miembros, … convocarán la asamblea para que elija los reemplazos.
Así las cosas y sin
existir “miembros vitales”, al quedarle a la Liga de Natación del Atlántico en
su Comité Ejecutivo – PRESIDENTE y Representante Legal, SECRETARIO y VOCAL - tres
miembros elegidos por Asamblea - lo que conserva la voluntad y poder de
elección de esta- estos miembros pueden reunirse y nombrar los reemplazos para
los cargos vacantes de Vicepresidente (a) y tesorero (a) sin necesidad de convocar
la Asamblea. Poder que se los da la
legislación deportiva en el decreto 1085, Artículo 2.3.3.3.,
Decisiones:
Las decisiones del órgano de administración [Comité
Ejecutivo] se tomarán mediante resolución y de sus deliberaciones se dejará
constancia en actas. Constituye quórum para deliberar y decidir la presencia de
tres (3) de sus miembros.
Según documento
de la Liga de Natación del Atlántico los tres miembros activos del Comité
Ejecutivo ya se reunieron y apoyados en la Legislación Deportiva designaron el
nuevo Vicepresidente por rotación de Cargos, pasó el Vocal a Vicepresidente, y
nombraron los reemplazos para los cargos de Tesorero y Vocal con nuevos
miembros.
El análisis de
la primera de las tres razones expuestas por el Comité Ejecutivo de la
Federación para retirar el Aval de Campeonato Puerta de Oro a la Liga de
Natación del Atlántico nos muestra que esta no tiene ningún soporte legal y no
pasa de una intromisión vergonzosa de la Federación en una de sus Ligas
afiliadas.
Enseguida detallo
dos casos, hay más, en los que muestro como en casos similares la Federación no
actúa igual que con la Liga de Natación del Atlántico:
-Liga de Natación de Bogotá, LNB:
El Comité
Ejecutivo de la LNB en su periodo estatutario 2021 - 2025, ha tenido dos
renuncias de miembros elegidos por Asamblea: el señor Iván Henao, y el señor Alberto
Páez Bastidas, vocal y tesorero respectivamente.
Comité
Ejecutivo FECNA, ¿Acá no existieron “inferencias
razonables de la existencia de un aparente escenario de inseguridad jurídica
que superan la presunción racional de buena fe”? ¿Acá el miembro del Comité
Ejecutivo de la LNB, señor Alberto Páez, que ocupaba el cargo de Tesorero renunció
y fue reemplazado, acaso si el tesorero que renuncia es de una Liga diferente a
la Liga de Natación del Atlántico entonces ya no es un “MIEMBRO VITAL”?
-Liga Santandereana de Natación, LISANATACIÓN
LISANATACIÓN el 20 de febrero de 2019, periodo 2019 – 2023, eligió los cinco miembros para el Órgano de Administración de acuerdo a su estructura, y luego de la asignación de cargos el Comité quedó así: PRESIDENTE Jorge Enrique Gelvez Pinilla, VICEPRESIDENTE Moisés Bonilla Eugenio, SECRETARIO Omar F. Cucuma - este miembro elegido por Asamblea, renunció el 24 de febrero de 2019, un día antes de iniciar su periodo estatutario, y el Comité nombró en su reemplazo a la señora Marcela Fonseca- TESORERA Sonia M. Sánchez R., VOCAL Gerson Fabián Vargas.
El 14 de enero de 2020
renuncia el VOCAL Gerson Vargas, y el 13 de junio de 2020, cinco meses después,
nombran en su reemplazo y cargo a la señora Diana Hernández – en la Gobernación
a enero de 2022 aún aparecía el señor Gerson inscrito como miembro del Comité
Ejecutivo de la Liga y la señora Diana no aparecía inscrita.
El 21 de junio de 2020 el Jorge
Gelvez presenta renuncia al cargo de PRESIDENTE y representante legal y lo
reemplaza por rotación de cargos el VICEPRESIDENTE señor Moisés Bonilla,
inscripción y reconocimiento que hace la Gobernación de Santander el 13 de
octubre de 2020, cuatro meses la Liga con presidente pero sin representación
legal.
El 24 de octubre de 2020
la señora Marcela Fonseca presenta carta de renuncia irrevocable al
cargo de SECRETARIA y un mes después, el 24 de noviembre retira
su renuncia irrevocable, un mes la Liga sin SECRETARIA, y ¿Cuántos meses
sin VICEPRESIDENTE?, sumado a los cinco meses que estuvo sin VOCAL.
El 21 de junio de 2020 con
la renuncia del señor Jorge Gelvez la Liga queda con dos miembros del Comité
Ejecutivo elegido por Asamblea, Moisés Bonilla y Sonia Sánchez, y dos miembros
nombrados por el Comité Ejecutivo, Marcela Fonseca (reemplazo de Omar Cucuma) y
Diana Hernández (reemplazo de Gerson Vargas), con lo cual según concepto del
Ministerio del Deporte 2020EE0005948 del 21 de abril de 2020 a radicado
2020ER0002823 en contra de la Liga de Voleibol de Bogotá, caso similar
a LISANATACIÓN, la Liga perdería la funcionalidad y
estructura administrativa al perderse la voluntad y el poder de elección de la
Asamblea.
Es más, el 19 de enero de 2023 esta Liga convoca a una reunión extraordinaria de elección con solo dos miembros ante la renuncia de las señoras Diana Hernández y Marcela Fonseca.
Señores Comité
Ejecutivo de la FECNA, ¿Por qué no actuaron en el caso LISAATACIÓN? ¿Acá no
existieron “inferencias razonables de la
existencia de un aparente escenario de inseguridad jurídica que superan la
presunción racional de buena fe”?
Tiene toda la razón
la señora Rosmery Pizarro presidenta de la Liga de Natación del Atlántico en “sentirse
perseguida” por el Comité Ejecutivo de la FECNA.
En la parte 3
espere el análisis de la segunda de las tres razones.
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